Resumen
Se hace referencia de los criterios emitidos que fueron abandonados y en los que se consideró que la Comisión Federal de Electricidad, tenía el carácter de autoridad para efectos de amparo; asimismo se brinda el nuevo criterio en que la Segunda Sala de la Suprema corte de Justicia hace consistir que “tratándose de la determinación y cobro del servicio de suministro de energía eléctrica, el origen de su actuación es un acuerdo de voluntades donde el prestador del servicio y el usuario adquieren derechos y obligaciones recíprocas, por lo que se recurre a las formas del derecho privado para regular la relación entre proveedor y particular”.