La vida privada en la Ley sobre delitos de imprenta (Voto particular)
Abstract
El amparo directo en revisión 1580/2003 fue promovido contra actos de la Novena Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y se solicitaba el estudio de la constitucionalidad de los artículos 1 y 6 de la Ley sobre Delitos de Imprenta en relación con los artículos 6 y 7 de la Constitución. La Primera Sala de la Suprema Corte propuso confirmar la sentencia recurrida y negar el amparo solicitado, por considerar que los agravios y los conceptos de violación del quejoso eran deficientes y no existía causa de pedir, por lo que no se abordaría de fondo el planteamiento de constitucionalidad. El Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, elaboró voto concurrente, por disentir con el criterio de la Primera Sala, pues consideró que en el asunto sí había causa de pedir y, por lo tanto, debía entrarse a estudiar el fondo. Lo anterior, no obstante que, de cualquier modo, debía a su juicio negarse el amparo y protección de la justicia federal al quejoso, por estimar que los preceptos legales invocados no son inconstitucionales; análisis que también forma parte del voto particular en cuestión.
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